La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, abordó este viernes las implicaciones del nuevo Código Penal en la práctica médica, desmintiendo la idea de que los delitos culposos cometidos por médicos puedan resultar en condenas de hasta 60 años de prisión. Durante su intervención en el seminario-taller "ABC de la Responsabilidad Jurídica en el Sector Salud", organizado por la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Reynoso enfatizó que esta percepción es un mito.
Reynoso aclaró que un médico solo podría enfrentar una condena tan severa si comete un crimen grave fuera del ejercicio de la medicina. "No hay forma de que un delito culposo que se comete en el ámbito médico llegue a un cúmulo de 60 años; es imposible. Eso es para delitos graves que conllevan acumulación de penas", afirmó.
Detalles sobre la nueva legislación
La procuradora explicó que la mala práctica médica se define como una ruptura del deber de cuidado y que, según el nuevo Código Penal, los delitos culposos están regulados en el artículo 112, similar a lo que ocurría en el anterior Código. "Lo único prácticamente que cambió en la reforma fue el número del artículo, que ahora es el 112. Es lo mismo. Yo por eso decía: no entiendo dónde están viendo la diferencia", expresó.
Además, la nueva legislación incluye la definición de negligencia, que se refiere a la omisión de acciones que deberían realizarse. Como ejemplo, mencionó el caso de un médico que olvida revisar los signos vitales de un paciente en una emergencia, lo que podría considerarse un delito debido a las consecuencias que puede tener.
Imprudencia y responsabilidad médica
Reynoso también abordó el concepto de imprudencia, describiéndola como acciones temerarias en el ejercicio médico. Citó un caso en el que una paciente sufrió complicaciones graves tras someterse a múltiples procedimientos quirúrgicos simultáneamente, lo que resultó en su muerte. "Ahí es un caso típico de una imprudencia, es una acción temeraria", subrayó.
La procuradora destacó que, aunque el nuevo Código Penal introduce cambios en la responsabilidad de las clínicas como entidades jurídicas, la responsabilidad penal sigue siendo individual. "Pueden concurrir las responsabilidades, pero siempre hay que tener en cuenta la personalidad de la pena. La responsabilidad es estrictamente individual e intransferible", indicó.
Uso de tecnología en la atención médica
En cuanto al uso de aplicaciones como WhatsApp para la atención médica, Reynoso aseguró que el nuevo Código no prohíbe su uso para dar indicaciones médicas. Aclaró que un médico que mantiene una relación previa con su paciente no incurre automáticamente en un delito por asistirlo a través de esta plataforma.
El vicepresidente de la Finjus, Servio Tulio Castaños, también participó en el seminario, señalando que la aprobación del nuevo Código Penal representa una nueva etapa para el sistema de justicia penal en el país. Castaños enfatizó la necesidad de analizar las implicaciones de esta legislación en el sector salud, dado que involucra decisiones críticas relacionadas con derechos fundamentales como la vida y la salud.
El evento contó con la participación de destacados profesionales del sector salud y derecho, quienes compartieron sus experiencias y conocimientos sobre las nuevas normativas y sus implicaciones jurídicas.
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