El Ministerio de Hacienda ha anunciado un aplazamiento significativo en la implementación del sistema Verifactu, que afecta a autónomos y pequeñas empresas en España. La nueva fecha límite para cumplir con las obligaciones establecidas por el Real Decreto 1007/2023 se ha extendido hasta octubre de 2028, lo que otorga un respiro adicional a los contribuyentes que aún no han adaptado sus sistemas de facturación.
Un cambio en el calendario de obligaciones
Hasta ahora, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades debían tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027, mientras que el resto de los obligados tenían como fecha límite el 1 de julio de 2027. Sin embargo, el nuevo anuncio de Hacienda modifica este horizonte, permitiendo que las empresas y autónomos dispongan de más tiempo para realizar las adaptaciones necesarias.
Este aplazamiento no es un hecho aislado; desde el inicio del proceso de implementación, las fechas han sido objeto de cambios. Originalmente, el calendario establecía el 1 de julio de 2025 como fecha de referencia, pero posteriormente se ajustó a 2026 y luego a 2027. Con el nuevo plazo, Hacienda busca facilitar la transición hacia un sistema más eficiente y menos apresurado.
Objetivo de convergencia con la factura electrónica
Una de las razones detrás de este aplazamiento es la intención de Hacienda de alinear las obligaciones del sistema Verifactu con la factura electrónica. La orden que completa el desarrollo de la solución pública de factura electrónica fue publicada el 5 de octubre y entra en vigor al día siguiente. Esto significa que aquellos contribuyentes que superen los 8 millones de euros en volumen de operaciones tendrán 12 meses para adaptarse, mientras que el resto contará con 24 meses, coincidiendo así con el nuevo plazo de octubre de 2028.
Clarificación sobre los requisitos técnicos
A pesar del aplazamiento, las exigencias técnicas del reglamento se mantienen. El Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF) establece que los sistemas deben garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. Sin embargo, no todos los registros deben ser enviados automáticamente a la Agencia Tributaria.
El sistema Verifactu permite dos modalidades: la modalidad VERIFACTU, que remite los registros a Hacienda inmediatamente, y la modalidad NO VERIFACTU, que no exige este envío pero requiere cumplir con requisitos adicionales de seguridad, como la firma de los registros y la conservación de un registro de eventos.
¿A quién afecta este cambio?
Es importante destacar que este nuevo calendario de obligaciones solo aplica a aquellos contribuyentes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del reglamento. La Agencia Tributaria ha señalado que quienes facturen exclusivamente de forma manual quedan excluidos de estas nuevas exigencias. Para aquellos que sí están sujetos a la normativa, el aplazamiento ofrece un tiempo adicional para realizar las adaptaciones necesarias, permitiendo una transición más ordenada hacia el nuevo sistema.
En resumen, el anuncio de Hacienda sobre el retraso en la implementación del sistema Verifactu representa una oportunidad para que empresas y autónomos se preparen adecuadamente y eviten las prisas de última hora. Con este nuevo horizonte, se espera que la adaptación a los cambios normativos se realice de manera más coordinada y efectiva.
Fuente: Información elaborada a partir de la publicación original.