La Procuraduría General de la República (PGR) ha dado un paso significativo en la eliminación de alertas migratorias, retirando un total de 56,140 registros que figuraban en la base de datos de la Dirección General de Migración (DGM) sin el respaldo judicial necesario. Esta medida se produce tras un largo retraso de cuatro años desde que la procuradora Miriam Germán Brito anunciara la necesidad de eliminar tales alertas, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Constitucional que prohíbe restringir la libre circulación de los ciudadanos sin una orden judicial.
Contexto de la eliminación de alertas migratorias
Las alertas e impedimentos de salida, que habían sido acumulados desde 1990 hasta 2026, afectaban el libre tránsito de numerosos ciudadanos. A pesar de las afirmaciones de Germán Brito en 2021 sobre la eliminación de estas alertas, muchos registros permanecieron activos en el sistema, lo que generó preocupación sobre la legalidad de estas restricciones.
El problema se hizo evidente cuando el exprocurador Jean Alain Rodríguez fue impedido de salir del país sin una orden judicial, lo que llevó a la procuradora a tomar medidas para evitar que situaciones similares se repitieran. En este contexto, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia TC/0338/22, que dejó claro que ninguna autoridad puede restringir la libertad de tránsito sin un fundamento legal y judicial.
Acciones de la PGR y la DGM
La reciente eliminación de alertas fue el resultado de una revisión exhaustiva de registros por parte de una mesa técnica conjunta entre la PGR y la DGM. Esta revisión identificó no solo alertas sin base legal, sino también registros históricos que no identificaban a las personas y aquellos correspondientes a procesos cuyos fines ya se habían cumplido.
La procuradora general, Yeni Berenice Reynoso, solicitó al director de Migración, Luis Rafael Lee Ballester, que priorizara el levantamiento de estos registros problemáticos. La revisión reveló errores administrativos y la existencia de órdenes judiciales sin individualizar, lo que complicaba aún más la situación.
Implicaciones legales y derechos ciudadanos
El Tribunal Constitucional ha reiterado en varias ocasiones que el uso de alertas migratorias por entidades sin autorización legal y sin orden judicial vulnera derechos fundamentales. En una sentencia posterior, TC/1186/25, se declaró inconstitucional una disposición del Código Tributario que permitía impedir la salida del país a personas investigadas por presunto fraude fiscal, reafirmando la necesidad de una decisión judicial para tales restricciones.
La eliminación de estas alertas es un avance importante hacia el respeto de los derechos de los ciudadanos y la garantía de su libre circulación. La PGR y la DGM han reconocido que muchos de estos registros llevaban décadas sin actualización, lo que pone de relieve la necesidad de una reforma en el manejo de alertas migratorias y el respeto a los derechos humanos en el país.
Fuente: Información elaborada a partir de la publicación original.